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Comunicados 2007



     

    TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A.B DE C.V.

     

    BOLETIN INFORMATIVO

     

    México, D.F., a 7 de Noviembre de 2007

     

    ·La inversión supuestamente neutra que posee Telefónica en el Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas (GTM) le permite  tener el control de esta empresa, contraviniendo lo dispuesto por la Ley de Inversión Extranjera.

    ·El presunto socio mexicano de GTM es una subsidiaria de Telefónica.

    ·En estricto apego al Estado de Derecho, TELMEX debe ser notificado por escrito sobre la legalidad de las operaciones de GTM; de otra manera puede ser corresponsable de un acto ilegal.

     

     

     “Toda persona o empresa tiene derecho para poner en conocimiento de la Secretaría de Comunicaciones cualquier violación de esta ley. Si de las averiguaciones practicadas por ésta, apareciere que el hecho denunciado como falta constituye delito, se hará la consignación a la autoridad competente” (Artículo 591 de la Ley de Vías Generales de Comunicación).

     

    El apego estricto al Estado de Derecho y en específico al marco legal que rige la operación del sector de las telecomunicaciones en nuestro país, parece ser un tema a negociar para Telefónica, empresa que pretende justificar en los medios lo que no puede hacer valer ante las autoridades.

     

    Los cuestionamientos sobre el cumplimiento de la Ley de Inversión Extranjera en México por parte de la empresa Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, S.A. de C.V. (GTM, de Grupo Telefónica),  parten de las siguientes precisiones:

     

    En los análisis que se han difundido en los medios de comunicación sobre la forma en que está estructurado el capital social de GTM (concesionaria de vías generales de comunicación, en particular de telefonía fija y de larga distancia y seguramente  será de televisión por cable próximamente), se observa que efectivamente el capital social de la misma está compuesto por un 51% propiedad de la empresa Enlaces del Norte y un 49% propiedad de Telefónica Móviles México.  En México efectivamente se permite la inversión neutra, que básicamente consiste en que el control de las decisiones de la empresa lo tengan empresarios mexicanos, y los extranjeros simplemente sean inversionistas que reciben un rendimiento por su inversión, pero no toman  participación importante en la operación y toma de decisiones de la empresa.

     

    Sin embargo, el análisis que debe realizarse para determinar si GTM cumple con lo ordenado por nuestro sistema jurídico mexicano no puede quedarse en este nivel tan pobre de análisis, ya que de acuerdo con la legislación aplicable en materia de inversión extranjera y por tratarse de servicios estratégicos como lo son las telecomunicaciones, existe la obligación de cerciorarse de que este porcentaje de inversión extranjera efectivamente esté siendo respetado y que el mismo no sea rebasado mediante esquemas de piramidación o inversión indirecta ni que tampoco la inversión extranjera tenga el control o la administración de la compañía, en este caso GTM, tal y como lo ordena la Ley de Inversión Extranjera.

     

    Según se desprende de sus reportes oficiales a la Bolsa de Valores de Nueva York, el Grupo Telefónica detenta la propiedad en Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas S.A. de C.V. (GTM) del 97.4% de su capital social y en forma indirecta del 100%. Estos porcentajes no corresponden, y de hecho contradicen, con los reportados a la autoridad mexicana y a los medios de comunicación. Es evidente que una empresa que manifiesta tener el 100% de inversión extranjera tiene el control de la empresa sobre la cual hace dicha aseveración, lo que es violatorio de las prohibiciones contempladas en la legislación mexicana.

     

    Cuando hacemos un análisis más profundo de la forma en que se encuentra la participación de la inversión extranjera en GTM observamos que la empresa Enlaces del Norte, también es parte del Grupo Telefónica. Basta revisar que sus accionistas son Celular de Telefonía, que cuenta con un 100% de inversión extranjera por parte del Grupo Telefónica y un abogado mexicano que resulta ser su asesor y que ha formado parte en consejos de administración de empresas del Grupo Telefónica, lo que nos deja ver que el control de GTM, por más que se quiera dejar de reconocer, está en poder de extranjeros en franca violación de la legislación mexicana.

     

    Por ello, el pasado 4 de septiembre de 2007, Telmex presentó a la Cofetel un escrito por el cual se exhibió información en copia certificada ante Notario Público, entre ésta los reportes oficiales y públicos de Telefónica sobre su participación (extranjera) en la empresa GTM y se solicitó la confirmación de criterio y resolución expresa sobre los puntos que se indicaron en relación con la obligación por parte de Telmex de prestar servicios de  interconexión.  El día de ayer, 6 de noviembre, se presentó también a la Cofetel un escrito de alcance en el que se informó que GTM viola las Leyes Mexicanas al tener una participación extranjera de más del 49% en su capital social, mediante esquemas de piramidación o inversión indirecta que le permiten a Telefónica tener el control y la administración de GTM. A la fecha, Cofetel no ha dado respuesta por escrito a la petición del 4 de septiembre.

     

    La Ley Federal de Telecomunicaciones en su artículo 12 señala expresamente que la participación de la inversión extranjera en ningún caso podrá exceder del 49 %, excepto en tratándose del servicio de telefonía celular.  En concordancia con la disposición anterior, la Ley de Inversión Extranjera menciona en su artículo 7 fracción III inciso x) que en las Sociedades concesionarias en los términos de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Telecomunicaciones la inversión extranjera podrá participar hasta el 49% y en el último párrafo de este mismo artículo dispone que los límites para la participación de inversión extranjera señalados en este artículo, no podrán ser rebasados directamente, ni a través de fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios, esquemas de piramidación, o cualquier otro mecanismo que otorgue control o una participación mayor a la que se establece, salvo por lo dispuesto en el Título Quinto de esta Ley.

     

    El Título Quinto al que se hace referencia, es el relativo a la inversión neutra, y al efecto el capítulo I en su artículo 18 la define al señalar que la inversión neutra es aquella realizada en sociedades mexicanas o en fideicomisos autorizados conforme al presente Título y no se computará para determinar el porcentaje de inversión extranjera en el capital social de sociedades mexicanas. En el caso que nos ocupa, Telefónica ha realizado este cómputo en su reporte anual a la Bolsa de Valores de Nueva York en el que se precisa que la participación indirecta en GTM de Telefónica es del 100%.

     

    Si atendemos a la Ley Mexicana en materia de inversión extranjera, es evidente que sí está permitido a los extranjeros, mediante el mecanismo de la inversión neutra, hacer inversiones adicionales al 49% que se señala en la propia Ley, pero lo que de ninguna manera está permitido es que ese porcentaje se rebase mediante esquemas de piramidación que le permitan a los extranjeros tener el control de la sociedad, como sí sucede en el caso de GTM. Tan es así que GTM ni siquiera se expresa por sí misma, sino que siempre lo hace por conducto de Telefónica que es una empresa cuya participación extranjera es del 100%, lo cual deja claro que la operación de esta empresa la hace un extranjero, situación que está expresamente prohibida por nuestras Leyes.

     

    Es fundamental que la autoridad se pronuncie oficialmente, por escrito, sobre este particular para todos los efectos legales a que haya lugar. Esto permitirá a TELMEX tener la certeza de que, al interconectar a GTM, no está incurriendo en actos contrarios a la ley y por los que pudiese ser sancionada.

     

    Toda la información contenida en el presente Boletín Informativo es pública y puede ser consultada en la Bolsa de Valores de Nueva York (http://www.telefonica.es/accionistaseinversores/ing/pdf/2007_form20f-2006.pdf) y en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Monterrey, Nuevo León.




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